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Updated: 29.06.2006 17:04

Anhörung über Gewerkschaftsrechte

In Guatemala-Stadt tagt vom 17. bis 21. Juli 2006 die interamerikanische Kommission für Menschenrechte. Der neugegründete Gewerkschaftsbund CSTS hat beantragt, dort die Verstösse gegen die Gewerkschaftsfreiheit in El Salvador auf die Tagesordnung zu nehmen. Denn trotz des Artikels 47 in der Landesverfassung, der Organisationsfreiheit zusagt, weiche die reale Politik der Herrschenden des Landes von dieser Zusage ab, werde Gewerkschaftsarbeit kontinuierlich behindert und unterdrückt. Die (spanische) Erklärung "SOLICITAN AUDIENCIA TEMÁTICA A LA C.I.D.H." des CSTS und des gewerkschaftsnahen Instiitutes CEAL vom 14. Juni 2006.

C.S.T.S. Y C.E.A.L. SOLICITAN AUDIENCIA TEMÁTICA A LA C.I.D.H. SOBRE DETERIORADA SITUACIÓN DE LOS DERECHOS SINDICALES EN EL SALVADOR

La Confederación Sindical de Trabajadores Salvadoreños, CSTS y el Centro de Estudios y Apoyo Laboral, CEAL, han solicitado una audiencia temática a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIDH con el objetivo de ilustrar a dicha comisión, sobre la situación de los derechos sindicales en El Salvador, ya que a pesar de que el artículo 47 de la Constitución salvadoreña reconoce el derecho a asociarse libremente, en la práctica no existen suficientes garantías para que el ejercicio de este derecho sea efectivo.

Como ejemplos ante la CIDH, se han mencionado los obstáculos desde la legislación como tal, siendo El Salvador el país con más obstáculos legales para ejercer el derecho a la libre sindicalización, hasta la práctica misma dentro de la estructura Administrativa. Estos obstáculos van desde denegación de los procedimientos por formalismos excesivos, hasta interpretaciones arbitrarias de las leyes laborales. Asimismo, el Estado, a travès del Ministerio de Trabajo, ha avalado y ha sido cómplice de prácticas ilegales de empresas que acuerdan disolución de los sindicatos y de sus respectivos contratos colectivos.

Se detalla tambièn que el aparato gubernamental salvadoreño, entre ellos la Comisión Ejecutiva Autónoma de Puertos y Aeropuertos, ha generalizado modalidades de subcontratación que intentan eliminar las responsabilidades laborales del empleador y el ejercicio de la libertad sindical. En otros casos, el Ministerio de Trabajo salvadoreño ha realizado acciones que pueden interpretarse como ‚Äúomisión de aviso‚Äù de actividades penalizadas por las leyes en cuanto a discriminación antisindical. Se detallan tambièn una serie de obstáculos a la contratación colectiva por parte del Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Hacienda

El Estado Salvadoreño, a travès del aparato amplio que conforma el Sistema Judicial, ha fallado en su obligación de proteger los derechos al empleo, a la libertad sindical, y a la seguridad social de las trabajadoras y trabajadores de las empresas dedicadas a la exportación y ensamblaje de prendas textiles, actividad conocida como maquila. Asimismo, el Estado salvadoreño ha sido incapaz de prevenir e investigar la violencia contra sindicalistas como es el caso del asesinato del sindicalista salvadoreño-estadounidense Gilberto Soto quien se encontraba en El Salvador, realizando una investigación sobre condiciones de trabajo en el sector de camiones y portuario. Tambièn el Estado Salvadoreño tambièn ha sido autor directo de persecución de sindicalistas, como en el caso del mèdico ecuatoriano Pedro Banchón, el cual a pesar de no serle comprobada ninguna violación a la ley de extranjería, fue expulsado del país en un procedimiento totalmente al margen de la ley que han sido descritas por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos y por el Comitè de Libertad Sindical de la OIT en una reciente resolución.

Finalmente, el Estado Salvadoreño no ha mostrado celeridad por ratificar los convenios 87 y 98 de la OIT sobre Libertad Sindical, a pesar que dicha ratificación era un compromiso de una comisión creada por la misma Presidencia de la Repíblica conocida como CONAMOL. Basándose en la falta de ratificación de estos convenios, el Estado salvadoreño no ha permitido el reconocimiento del derecho a la libertad sindical de algunos trabajadores.

El período de audiencias se llevará acabo del 17 al 21 de julio en la ciudad de Guatemala. Y en la misma tambièn se pretende mostrar a la opinión píblica nacional e internacional; como el Estado Salvadoreño se ha beneficiado de los fondos destinados para modernización laboral destinados por el Departamento de Trabajo de EE.UU. bajo CAFTA, pero en esencia no ha cambiado su práctica antisindical.

San Salvador, 14 de junio de 2006


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